Opinión Jurídica Vol. 02, núm. 03 (2003)http://hdl.handle.net/11407/20002024-03-28T11:07:08Z2024-03-28T11:07:08ZAlgunas cuestiones de Derecho Médico en España en los albores del siglo XXIhttp://hdl.handle.net/11407/18052021-02-09T18:24:34ZAlgunas cuestiones de Derecho Médico en España en los albores del siglo XXI
El autor analiza en este trabajo algunas de las principales novedades relativas al derecho médico en España en el último año. Así, se analizan los aspecto más esenciales de la nueva ley sobre derechos de los pacientes, aprobada en el mes de noviembre de 2002 y que aún no ha entrado en vigor. También se hace una especial referencia a la sentencia del Tribunal Constitucional español de 18 de julio de 2002, que analiza la problemática surgida por la muerte de menor de edad Testigo de Jehová que se negó a someterse a una transfusión sanguínea. Además, se hace un repaso de la jurisprudencia más reciente en relación con dos temas de gran actualidad en España, como son la responsabilidad derivada del consejo genético y el espinoso asunto de las listas de espera hospitalarias.
Teoría de la sana críticahttp://hdl.handle.net/11407/18042021-02-09T18:20:30ZTeoría de la sana crítica
Nos interesa el estudio ideológico de la sana crítica, como un derivado intermedio o ecléctico entre la prueba tasada y la libre convicción, porque nos interesa abordar la sana crítica como el criterio que rige, ordinariamente, en nuestro sistema para la valoración de la prueba. Para lograr el cometido, se estudian las acepciones de regla, sanidad y crítica para desarrollarlas con sentido social y jurídico, a través de la obra de importantes juristas que son sustento de esta interesante teoría, para llegar, luego, a la conclusión prístina de que en un Estado Social y de Derecho, el razonamiento y la exposición de motivos son parte integral del debido proceso, y es ahí donde encontramos la enunciación de las reglas de la sana crítica.
El cuerpo humano y su empleo como evidencia probatoriahttp://hdl.handle.net/11407/17842021-02-09T18:31:07ZEl cuerpo humano y su empleo como evidencia probatoria
Legitimado el Estado para el ejercicio de la actividad penal en toda su dimensión, esto es, imposición de la pena, obligación de probar responsabilidad, si se dice ser ESTADO SOCIAL DE DERECHO FUNDADO EN EL RESPETO A LA DIGNIDAD HUMANA, no puede ese Estado, amparado en la idea de eficacia de la Administración de Justicia, utilizar al hombre y su cuerpo, SIN SU CONSENTIMIENTO, como evidencia probatoria; lo contrario conduciría ineludiblemente al irrespeto de la dignidad humana "como al irrespeto por sus derechos humanos fundamentales.
Algunas implicaciones éticas y jurídicas de los transgénicoshttp://hdl.handle.net/11407/17632021-02-09T18:35:37ZAlgunas implicaciones éticas y jurídicas de los transgénicos
Es tema de acalorados y, en ocasiones, hasta viscerales debates y discusiones todo lo relacionado con los alimentos transgénicos. En la última década -y con mayor intensidad este último lustro- todos los implicados en estos asuntos (científicos, representantes de la industria y de los productores agropecuarios, políticos, grupos ambientalistas, organizaciones de consumidores, etc.) andan enfrascados en encarnizadas luchas y en interminables debates y controversias. Cada uno defendiendo su posición y sus respectivos intereses, en ocasiones, de una forma poco afortunada, con argumentos carentes de base científica y con excesiva -y poco recomendable-utilización de componentes retóricos y hasta "emocionales". Unos hablan de presuntos riesgos y enormes posibilidades ("los tecnooptimistas"); otros, por el contrario, de enormes riesgos y presuntas o poco probables posibilidades ("los tecnocatastrofistas"). Pero la falta de transparencia informativa y una serie de estrategias poco afortunadas por parte de algunos han propiciado en gran parte de la opinión pública un clima de desconfianza y rechazo hacia los alimentos transgénicos, echándose de menos una difusión de la información por los cauces y canales adecuados.