Comodato y arriendo no son sinónimos
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Date
2018-04-06Author
Calle Ortiz, Cristina
Revista Propiedades
Citación
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Abstract
"Conocer y comprender a cabalidad un contrato es la mayor garantía para que las partes que participan de él eviten controversias producto de malos entendidos o inconformidades en el tiempo. Para tener claridad sobre cada contrato, lo primero es definirlos. Para ello el abogado Mateo Duque Giraldo, doctor y magíster de la Universidad Externado de Colombia y docente de la Universidad de Medellín, explica que ""el contrato de comodato es un préstamo de uso de un bien, con el objetivo de que quien lo recibe lo utilice en su propio beneficio y de manera gratuita, mientras que en el contrato de arrendamiento se le transfiere el uso de un bien al arrendatario, a título de tenedor, para que lo aproveche a cambio de una contraprestación económica mensual determinada""."
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