La aplicación del desistimiento tácito en materia procesal laboral a partir de la entrada en vigencia del Código General del Proceso
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Fecha
2019Autor
Ruiz Mejia, Isabel Cristina
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Resumen
El desistimiento tácito como figura jurídica de naturaleza procesal y de carácter sancionatorio, se ha erigido como una importante herramienta en la tarea de lograr la descongestión de los despachos judiciales en Colombia. Tanto el desistimiento tácito como la perención son sanciones impuestas judicialmente ante la inactividad de la parte a la que le corresponda adelantar un trámite, cumplir una carga procesal o darle impulso al proceso. Actualmente el desistimiento tácito está regulado por el artículo 317 de la Ley 1564 de 2012 actual Código General del Proceso, y también está contemplado en el artículo 178 de la Ley 1437 de 2011, esta es el Código Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Pero su aplicación está prohibida en materia laboral, por considerarse que la Ley ha dotado a los jueces laborales de amplísimos poderes para evitar la paralización de los procesos, aunado a que en la ley procesal laboral y de la seguridad social se encuentra una norma expresa que permite darle celeridad a los procesos judiciales como lo es la contumacia consagrada en artículo 30 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social. De allí que, por medio de esta monografía, se pretenda indicar la forma cómo puede ser aplicado el desistimiento tácito en materia procesal laboral, a partir de la entrada en vigencia del Código General del Proceso.
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