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dc.contributorDuque Giraldo, Mateo
dc.creatorCalle Ortiz, Cristina
dc.creatorRevista Propiedades
dc.date.accessioned2019-05-08T19:28:56Z
dc.date.accessioned2019-05-08T19:45:26Z
dc.date.available2019-05-08T19:28:56Z
dc.date.available2019-05-08T19:45:26Z
dc.date.created2018-04-06
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/11407/5297
dc.description"Conocer y comprender a cabalidad un contrato es la mayor garantía para que las partes que participan de él eviten controversias producto de malos entendidos o inconformidades en el tiempo. Para tener claridad sobre cada contrato, lo primero es definirlos. Para ello el abogado Mateo Duque Giraldo, doctor y magíster de la Universidad Externado de Colombia y docente de la Universidad de Medellín, explica que ""el contrato de comodato es un préstamo de uso de un bien, con el objetivo de que quien lo recibe lo utilice en su propio beneficio y de manera gratuita, mientras que en el contrato de arrendamiento se le transfiere el uso de un bien al arrendatario, a título de tenedor, para que lo aproveche a cambio de una contraprestación económica mensual determinada""."
dc.format.mediumPeriódico impresospa
dc.publisherEl Colombiano
dc.relation.isversionofhttp://www.prensanet.com/udem?linknoticia=6483585&sector=32623
dc.sourceEl Colombiano (Medellín) Suplemento Revista Propiedades
dc.titleComodato y arriendo no son sinónimos
dc.publisher.programDerecho
dc.publisher.facultyFacultad de Derecho
dc.coverageLat: 06 15 00 N degrees minutes Lat: 6.2500 decimal degreesLong: 075 36 00 W degrees minutes Long: -75.6000 decimal degrees
dc.publisher.placeMedellínspa
dc.type.localNoticiaspa


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