Mecanismos procesales para garantizar el acceso efectivo a la justicia de personas con discapacidad en Colombia a partir de la implementación de nuevas tecnologías con enfoque diferencial
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Fecha
2020-09-24Autor
Reyes Ortega, Luis Fernando
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La presente investigación se desarrolla con el objetivo de formular mecanismos procesales que garanticen el acceso efectivo a la justicia de personas con discapacidad en Colombia, a partir de la implementación de nuevas tecnologías con enfoque diferencial.
El abordaje del tema se plantea teniendo en cuenta las barreras actitudinales, comunicativas y físicas, existentes en la sociedad, que generan discapacidad; el modelo de Estado planteado por la Constitución Política de 1991, estructurado en la dignidad humana; la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad , aprobada por Colombia mediante la Ley 1346 de 2009, y la oportunidad de implementación de nuevas tecnologías conforme a los retos planteados por la cuarta revolución industrial.
Para lograr el objetivo general propuesto se hace necesario revisar el concepto de acceso a la justicia en Colombia y su protección mediante las garantías de amparo constitucional y el control difuso de convencionalidad, la forma de abordar la discapacidad y el acceso a la justicia de este grupo poblacional en contextos internacionales y locales, identificando las barreras existentes en el derecho comparado y en Colombia, para proponer mecanismos procesales que permitan su eliminación con apoyo de las nuevas tecnologías.
La investigación se desarrolla mediante un método cualitativo y analítico, desde un estudio de tipo exploratorio, teórico, descriptivo y proyectivo, enmarcado en la línea de investigación - la justicia jurisdiccional perspectiva de enlace con la justicia social - , buscando proponer escenarios en los cuales se logren superar las brechas que impiden el acceso real al servicio público de justicia de un grupo poblacional, por la existencia de barreras que generan exclusión.
El acceso a la justicia es un derecho humano y su materialización a partir de un ejercicio jurisdiccional eficiente y oportuno, permite la realización de la dignidad humana, pilar sobre el cual se edifica el Estado Colombiano; para lo cual no solo se requiere la existencia de tribunales permanentes, sino también jueces que garanticen la igualdad de las partes, analicen las pruebas, lleguen a un libre convencimiento, apliquen la Constitución y la ley y, si es el caso, proclamen la vigencia y la realización de los derechos amenazados o vulnerados. Este derecho también se relaciona con la dotación de medios idóneos a los operadores judiciales que les permitan desarrollar la labor de administrar justicia en condiciones dignas, garantizando el acceso de todos.
La eliminación de las barreras que generan discapacidad permite que todas las personas, en igualdad de condiciones, puedan ejercer sus derechos de forma libre y directa, y logren un desarrollo pleno de sus expectativas como parte del Estado, en este sentido, se debe reconocer la capacidad jurídica de la población con discapacidad, brindando el apoyo que necesiten para ejercerla plenamente , implementando acciones para evitar trasladar esa capacidad a un tercero para que lo represente o tome decisiones, tal como se contemplaba en los procesos de interdicción, reglados por la Ley 1306 de 2009, que en gran parte fue derogada por la Ley 1996 de 2019, estableciendo la presunción de capacidad de las personas con discapacidad mayores de edad, lo cual es una muestra de la evolución en la forma de abordar la discapacidad, pasando de los modelos de prescindencia y rehabilitador a un modelo social.
Finalmente, se busca generar herramientas que permitan acceder a los escenarios judiciales en igualdad de condiciones para todas las personas, apoyado de la tecnología, que en Colombia se encuentra prevista desde la ley 270 de 1996, con dificultades de orden normativo y práctico para su implementación, evidenciadas por la actual coyuntura generada por la pandemia, donde las soluciones planteadas mediante circulares y decretos como el 806 de 2020, expedido por el Ministerio de Justicia y del Derecho, no contemplan un enfoque diferencial, que permita lograr procesos judiciales en los que no exista discapacidad.
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