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dc.creatorBuitrago, Erika Castrospa
dc.date.accessioned2014-10-22T22:56:26Zspa
dc.date.available2014-10-22T22:56:26Zspa
dc.date.created2011-12-31
dc.identifierhttp://revistas.udem.edu.co/index.php/opinion/article/view/720spa
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/11407/723
dc.descriptionNo se puede desconocer que una de las contribuciones de la nueva jurisdicción constitucional es el cambio de mentalidad respecto a la importancia de los derechos fundamentales en una sociedad democrática. En este sentido la jurisprudencia constitucional sobre derechos sociales fundamentales, que en su gran mayoría conllevan intereses económicos, es una muestra de la transformación de la cultura, tanto política como jurídica, de su sensibilización respecto de las necesidades básicas y de la prioridad política de tomarse en serio el reconocimiento efectivo de los derechos de las personas. Por otra parte, la jurisprudencia constitucional ha venido diseñando y poniendo en práctica una concepción del Estado en la que el cumplimiento de los deberes sociales ocupa un lugar central en la reorganización de las instituciones públicasspa
dc.format.mimetypeapplication/pdf
dc.language.isospa
dc.publisherUniversidad de Medellínspa
dc.relationhttp://revistas.udem.edu.co/index.php/opinion/article/view/720/661spa
dc.rightsCopyright (c) 2014 Opinión Jurídicaspa
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/*
dc.sourceOpinión Jurídica; Vol. 10, núm. 20 (2011)spa
dc.source2248-4078spa
dc.source1692-2530spa
dc.titleControversias constitucionalesspa
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/publishedVersion
dc.type.driverinfo:eu-repo/semantics/article


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